¡MEJOR COMUNICACION!

Por: Alfredo Sosa

 

Para mejorar nuestra comunicación, debemos ubicarnos en el conocimiento básico de la interrelación personal teniendo en cuenta algunos conceptos y definiciones, que nos proporcione el marco correspondiente de convivencia dentro de una cultura de paz.

 

RELACIONES PUBLICAS .- Son la gestión integral de las relaciones / comunicación de la organización con su público , a fin de lograr su identificación , implicación e interacción.

 

DIFERENCIAS, PROTOCOLO Y RELACIONES PUBLICAS.

 

Protocolo, es mas antiguo y las Relaciones Públicas, a fines del siglo XIX

Sujeto de Protocolo.- Es la persona o personas que intervienen en una actividad importante.

Sujeto a Relaciones Públicas.- Es la persona física o jurídica que sirven a la comunidad.

Objeto del Protocolo.- Es la realización eficaz de esa actividad con el objetivo último de la convivencia.

Objeto de las Relaciones Públicas.- Es la gestión integral.

 

Protocolo y Relaciones Públicas, más Comunicación.

 

PROTOCOLO

LEGAL

(José A. Urbina)

 

Aquella disciplina que, con realismo, técnica y arte, determina las estructuras o formas bajo las cuales se desarrolla una actividad humana pluripersonal e importante; con el objeto de su eficaz realización y en último lugar, de mejorar la convivencia.

Supone:

  1. Consenso, (Que vienen determinado a su vez por la costumbre o práctica y por la Ley)

  2. Organización.

  3. Sentido Común.

  4. La existencia de unas Normas, ya sean Reglamentos, Leyes , Decretos o Normas consuetudinarias, fruto del uso y las costumbres.

 

 

 

COMUNICACION

Herramienta de comunicación que tienen las entidades públicas o privadas para contribuir a conseguir una “Imagen Positiva” ante su público al organizar actos oficiales y no oficiales.

En el caso de las entidades de la Administración Pública, su público serán los ciudadanos, y en las Privadas serán: clientes, proveedores, trabajadores y medios de comunicación.

 

DEFINICIONES:

 

  • Conjunto de usos y costumbres y tradiciones que se expresan a través de fórmulas reglamentadas y que permiten establecer los criterios de actuación de los actos oficiales y privados.

  • Conjunto de normas consensuales dependientes de la jurisprudencia, la tradición y el sentido común , de los países que determinan el orden jerárquico de las autoridades en los actos oficiales, los programas que siguen éstos en sus visitas, su vestimenta, su comportamiento, todo lo que nos muestra la imagen y el poder. (Javier Pérez Portabella)

  • Es el conjunto de normas y reglas que rigen la realización y la aplicación de unos honores en los actos (generalmente públicos) en los que intervienen personas distinguidas socialmente.

  • Es el encargado de ordenar, de dar prioridad a las personas y cosa, atendiendo a unos criterios eminentemente jerárquicos en el caso de las personas, por razón de cargo público que se ostente, la edad, el sexo, el estado civil, etc. Esta al servicio del ser humano y no al revés, cuando cambia la sociedad va cambiando el protocolo.